Modelo 303: qué es, plazos de 2026 y cómo se calcula el IVA trimestral

Cada trimestre, los autónomos y empresas que cobran IVA tienen que ingresarlo en Hacienda con el modelo 303. Te explicamos cuándo se presenta y cómo calcularlo sin errores.

Por Hamza · Actualizado el

El modelo 303 es la autoliquidación del IVA. Con él le dices a Hacienda cuánto IVA has cobrado en tus facturas y cuánto has pagado en tus gastos, y le ingresas la diferencia. Es la obligación más frecuente de cualquier autónomo: se presenta cuatro veces al año.

Quién tiene que presentarlo

Lo presenta cualquier autónomo o empresa que haga actividades sujetas a IVA, es decir, si tus facturas llevan IVA. No lo presentan quienes solo hacen actividades exentas (por ejemplo, algunos servicios sanitarios o de enseñanza) ni quienes están en el recargo de equivalencia del comercio minorista, salvo en casos concretos.

La mayoría de autónomos lo presentan cada trimestre. Las grandes empresas, y quienes se apuntan a la devolución mensual, lo hacen cada mes.

Plazos del modelo 303 en 2026

Trimestre Plazo de presentación Si domicilias el pago
1.º (enero-marzo) 1 al 20 de abril 1 al 15 de abril
2.º (abril-junio) 1 al 20 de julio 1 al 15 de julio
3.º (julio-septiembre) 1 al 20 de octubre 1 al 15 de octubre
4.º (octubre-diciembre) 1 al 30 de enero de 2027 Unos días antes del 30 (consulta el calendario)

Si el último día del plazo es inhábil, pasa al siguiente día hábil.

Cómo se calcula el IVA a pagar

La idea es sencilla:

IVA a ingresar = IVA repercutido − IVA soportado deducible

  • IVA repercutido: el que cobras en tus facturas a clientes.
  • IVA soportado deducible: el que pagas en las facturas de gastos de tu actividad.

Ejemplo: en el trimestre facturas 7.500 € más el 21 % de IVA (1.575 €). Tus gastos de la actividad suman 1.000 € más 210 € de IVA.

  • IVA repercutido: 1.575 €.
  • IVA soportado: 210 €.
  • A ingresar: 1.575 − 210 = 1.365 €.

Esos 1.365 € nunca fueron tuyos: los cobraste a tus clientes por cuenta de Hacienda.

Tipos de IVA

Tipo Porcentaje Ejemplos habituales
General 21 % La mayoría de bienes y servicios profesionales
Reducido 10 % Hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva
Superreducido 4 % Alimentos básicos, libros, medicamentos

Si el resultado sale negativo

Si en un trimestre has pagado más IVA del que has cobrado (por ejemplo, porque compraste un ordenador caro), el resultado es negativo:

  • En los tres primeros trimestres, ese saldo se compensa en los siguientes.
  • En el último periodo del año puedes pedir la devolución o seguir compensándolo.

El resumen anual: modelo 390

En enero, junto con el 303 del cuarto trimestre, se presenta el modelo 390, que resume todo el IVA del año. No tienen que presentarlo, entre otros, quienes tributan solo en el régimen simplificado o por alquiler de locales y viviendas, ni quienes llevan los libros registro a través del SII.

Errores más comunes

  1. Contar el IVA como ingreso propio. Es el error clásico del primer año: gastar el dinero del IVA y no tenerlo cuando toca pagar. Apártalo en otra cuenta cada vez que cobres.
  2. Deducir IVA de gastos personales o sin factura completa (un tique no basta).
  3. Olvidar presentarlo cuando no ha habido actividad: el 303 se presenta igualmente.
  4. Confundir el 303 con el 130: el 303 es el IVA; el 130 es el adelanto del IRPF.

Para saber cuánto te queda limpio de lo que facturas, una vez descontados la cuota de autónomos y el IRPF, usa la calculadora de neto para autónomos.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el modelo 303 en 2026?
Del 1 al 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero del año siguiente para el cuarto. Si quieres domiciliar el pago, el plazo termina antes: el día 15 en los tres primeros trimestres de 2026.
¿Hay que presentar el 303 aunque no haya facturado nada?
Sí. Si estás dado de alta en una actividad con IVA, tienes que presentarlo cada trimestre aunque el resultado sea cero.
¿Qué pasa si me sale a devolver?
En los tres primeros trimestres el saldo negativo se compensa en los siguientes. En el último periodo del año puedes elegir entre compensarlo el año siguiente o pedir que Hacienda te lo devuelva.
¿Qué es el modelo 390?
Es el resumen anual del IVA. Se presenta en enero, junto con el 303 del cuarto trimestre. No tienen que presentarlo, entre otros, quienes solo tributan en el régimen simplificado o por alquiler de inmuebles urbanos, ni quienes llevan los libros por el SII.
¿Puedo deducirme el IVA de cualquier compra?
No. Solo el de los gastos relacionados con tu actividad y justificados con factura completa a tu nombre. El IVA de compras personales no es deducible.

Fuentes oficiales

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Aviso: esta guía es informativa y está actualizada a la fecha indicada. No es asesoramiento profesional: comprueba tu caso con el organismo competente. Así trabajamos.

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