El subsidio por desempleo es la ayuda del SEPE para quien se queda sin trabajo y no tiene derecho al paro (la prestación contributiva) o ya lo ha agotado. A diferencia del paro, no depende de tu sueldo anterior: es una cantidad fija ligada al IPREM. Desde la reforma que entró en vigor el 1 de noviembre de 2024, las cuantías son escalonadas y lo pueden cobrar más personas que antes.
Cuánto se cobra en 2026
| Periodo | Porcentaje del IPREM | Al mes |
|---|---|---|
| Primeros 6 meses (días 1 a 180) | 95 % | 570 € |
| Del mes 7 al 12 (días 181 a 360) | 90 % | 540 € |
| A partir del mes 13 (día 361) | 80 % | 480 € |
El IPREM de 2026 es de 600 € al mes. El subsidio para mayores de 52 años tiene una cuantía fija del 80 %: 480 € al mes.
Tipos de subsidio
- Por agotamiento de la prestación contributiva: para quien ha cobrado todo el paro.
- Por cotizaciones insuficientes: para quien ha cotizado entre 90 y 359 días y no llega al paro.
- Para mayores de 52 años.
- Otros casos: emigrantes retornados, víctimas de violencia de género o sexual y el subsidio agrario de Andalucía y Extremadura.
Requisitos generales
- Estar en desempleo, o trabajando a tiempo parcial con una jornada total inferior a la completa.
- Inscribirte como demandante de empleo y firmar el acuerdo de actividad.
- Carencia de rentas: tus ingresos propios no pueden superar el 75 % del salario mínimo sin pagas extra, es decir, 915,75 € al mes en 2026. Y/o tener responsabilidades familiares (cónyuge o hijos a cargo, con un límite de ingresos de la familia).
- No tener derecho al paro contributivo.
- Presentar una declaración responsable de tus rentas y las de tu unidad familiar del mes anterior.
Cuánto dura
Si has agotado el paro
| Tu situación | Duración máxima |
|---|---|
| Sin responsabilidades familiares, menos de 45 años y paro agotado de 360 días o más | 6 meses |
| Con responsabilidades familiares y paro agotado de 120 días | 24 meses |
| Con responsabilidades familiares y paro agotado de 180 días o más | 30 meses |
Si al pedirlo no acreditas responsabilidades familiares y las tienes después, puedes hacerlo en los 12 meses siguientes y se amplía la duración. Si tienes 45 años o más y no tienes cargas familiares, la duración depende de cuánto paro agotaste: consulta tu caso concreto con el SEPE.
Si no llegaste a cotizar un año
| Días cotizados | Sin responsabilidades familiares | Con responsabilidades familiares |
|---|---|---|
| 90 días | 3 meses | — |
| 120 días | 4 meses | — |
| 150 días | 5 meses | — |
| 180 días o más | 6 meses | Hasta 21 meses |
El subsidio para mayores de 52 años
- Requisitos: tener 52 años o más, haber cotizado por desempleo al menos 6 años en tu vida laboral y cumplir todos los requisitos para la pensión de jubilación salvo la edad.
- Cuantía: 480 € al mes.
- Duración: hasta que alcances la edad ordinaria de jubilación.
- Cotización: el SEPE cotiza por ti para la jubilación sobre el 125 % de la base mínima, lo que ayuda a no perder pensión.
Cómo y cuándo pedirlo
- Lo pides en la sede electrónica del SEPE o con cita previa en tu oficina.
- Tienes 6 meses para solicitarlo. Si lo pides en los 15 días hábiles siguientes a agotar el paro, lo cobrarás desde el día siguiente; si tardas más, perderás días.
- Se concede por periodos de 3 meses, y para cada prórroga tienes que presentar la solicitud en los 15 días hábiles siguientes.
Si todavía tienes derecho al paro
El subsidio es la ayuda que viene después del paro, o en lugar de él. Si has cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años, primero te corresponde la prestación contributiva, que suele ser bastante más alta. Calcula cuánto cobrarías con la calculadora del paro.