Jubilación activa: cobrar la pensión y seguir trabajando (reglas desde 2025)

La jubilación activa te permite cobrar una parte de tu pensión mientras sigues trabajando. Desde abril de 2025 las reglas han cambiado: cuanto más retrases la jubilación, mayor parte cobras.

Por Hamza · Actualizado el

La jubilación activa permite cobrar una parte de la pensión de jubilación y, a la vez, seguir trabajando por cuenta ajena o como autónomo. La reforma aprobada en diciembre de 2024, en vigor desde el 1 de abril de 2025, cambió por completo cómo se calcula: antes se cobraba siempre el 50 %; ahora depende de cuánto retrases la jubilación.

Requisitos

  1. Haber cumplido la edad ordinaria de jubilación y tener el periodo mínimo de cotización (15 años) en esa fecha.
  2. Que haya pasado al menos un año entre que cumpliste la edad ordinaria y el momento en que empiezas a cobrar la pensión. Es decir, tienes que retrasar la jubilación al menos un año.
  3. Ya no se exige tener el 100 % de la base reguladora, como pasaba antes de la reforma.

Es compatible con cualquier trabajo por cuenta ajena, a jornada completa o parcial, y con el trabajo por cuenta propia.

Qué parte de la pensión cobras

Años que retrasaste la jubilación Pensión que cobras
1 año 45 %
2 años 55 %
3 años 65 %
4 años 80 %
5 años o más 100 %

Además, el porcentaje sube 5 puntos por cada 12 meses ininterrumpidos en jubilación activa, hasta llegar al 100 %. El porcentaje se aplica sobre la pensión, sin contar el complemento a mínimos.

Ejemplo: retrasaste la jubilación 2 años y tu pensión es de 1.800 € al mes. Al empezar la jubilación activa cobras el 55 %, es decir, 990 € al mes, además de tu sueldo. Si sigues trabajando un año más sin interrupción, pasas al 60 % (1.080 €).

El caso de los autónomos

Si eres autónomo y tienes un trabajador indefinido con al menos 18 meses de antigüedad, o contratas a uno nuevo, puedes cobrar el 75 % de la pensión cuando la demora haya sido de 1 a 3 años. A partir del cuarto año se aplica la escala general.

Cosas a tener en cuenta

  • Las cotizaciones no aumentan la pensión. Mientras estás en jubilación activa sigues cotizando, pero eso no mejora tu pensión futura.
  • Comunícalo a la Seguridad Social antes de empezar a trabajar. Si trabajas cobrando la pensión completa sin haberlo comunicado, te pueden reclamar lo cobrado de más.
  • Cuando dejes de trabajar, vuelves a cobrar el 100 % de tu pensión.
  • Fiscalidad: pensión y sueldo se suman en el IRPF, así que la parte de pensión puede tributar a un tipo más alto del que esperas.

Jubilación activa o jubilación demorada

Si sigues trabajando sin cobrar nada de pensión después de tu edad ordinaria, tienes una jubilación demorada: por cada año completo de retraso, tu pensión futura sube un 4 %. La jubilación activa te da ingresos ahora; la demorada, una pensión más alta para siempre. Puedes comparar cuánto cobrarías jubilándote más tarde con el simulador de jubilación.

Preguntas frecuentes

¿Qué porcentaje de la pensión se cobra en jubilación activa?
Depende de cuántos años retrasaste la jubilación respecto a tu edad ordinaria: 45 % con 1 año, 55 % con 2, 65 % con 3, 80 % con 4 y 100 % con 5 o más. Además sube 5 puntos por cada 12 meses seguidos en jubilación activa.
¿Hace falta tener el 100 % de la base reguladora?
No. Desde el 1 de abril de 2025 ya no se exige. Basta con haber cumplido la edad ordinaria, tener el periodo mínimo de cotización y retrasar el acceso a la pensión al menos un año.
¿Puedo trabajar a jornada completa?
Sí. La jubilación activa es compatible con cualquier trabajo por cuenta ajena, a jornada completa o parcial, y con el trabajo por cuenta propia.
¿Lo que cotizo durante la jubilación activa aumenta mi pensión?
No. Las cotizaciones de ese periodo no mejoran el porcentaje de la pensión ni el complemento por demora.

Fuentes oficiales

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Aviso: esta guía es informativa y está actualizada a la fecha indicada. No es asesoramiento profesional: comprueba tu caso con el organismo competente. Así trabajamos.

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